La Corte Suprema confirma condena a Cristina Kirchner: Seis años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos

El máximo tribunal rechazó por unanimidad los recursos de la defensa en la causa por irregularidades en obras viales en Santa Cruz, dejando firme la condena por administración fraudulenta.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó firme este martes la condena a seis años de prisión para la ex presidenta Cristina Fernández de Kirchner. El máximo tribunal, integrado por Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, rechazó por unanimidad los recursos presentados por su defensa en la causa por irregularidades en la adjudicación de 51 obras públicas viales en la provincia de Santa Cruz.

La Corte concluyó que “el debido proceso ha sido salvaguardado” y que “la encausada obtuvo una sentencia fundada en ley”, desestimando cada uno de los argumentos de la defensa de la ex mandataria. Asimismo, se ratificó su inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos.

En cuanto al delito de asociación ilícita, la Corte también dejó firme la absolución, desestimando el recurso del Ministerio Público por considerarlo “inadmisible” según el artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial.

Según el fallo, “las sentencias dictadas por los tribunales anteriores se asentaron en la profusa prueba producida”. Además, se remarcó que Cristina Kirchner “relegó la ventaja económica para la administración pública por la ventaja económica para intereses particulares”. La condena también alcanza al empresario Lázaro Báez, al ex secretario de Obras Públicas José López y a otros ex funcionarios.

Cabe recordar que en diciembre de 2022, el Tribunal Oral Federal 2 había sentenciado a Fernández de Kirchner por administración fraudulenta y ordenado el decomiso de $84.835 millones, al considerar probado un esquema que favoreció a las empresas de Báez durante los gobiernos kirchneristas.

La defensa de la ex presidenta había planteado numerosos cuestionamientos sobre la imparcialidad del tribunal y la valoración de las pruebas. Sin embargo, la Corte concluyó que esos planteos no lograron demostrar arbitrariedad ni violaciones a garantías constitucionales. En sus fundamentos, el máximo tribunal rechazó los argumentos sobre supuesta parcialidad de los jueces y consideró que las críticas de la defensa fueron una “reedición” de argumentos ya descartados por instancias inferiores, señalando que “no resulta una refutación suficiente sostener un criterio interpretativo distinto”.

Con esta decisión, la Corte Suprema agota las vías ordinarias de apelación, dejando firme una condena histórica que sella un capítulo central en la relación entre el poder político y la Justicia en la Argentina.

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